Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Injustificado el despido del cual fue objeto el trabajador LEIVISON ROSSY REYES GARCIA, por parte de la empresa CUSTOMER INTERACTION CONSULTANTS, C.A.; y como consecuencia de ello, CON LUGAR la solicitud de calificación de despido presentada por el referido ciudadano, todo ello en virtud del ilegal despido del cual fue objeto el reclamante.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena la reincorporación del referido trabajador a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba para el momento de su ilegal despido, con el correspondiente pago de los salario dejados de percibir desde la fecha de la notificación de la demandada, hasta la efectiva reincorporación a su puesto d.....