DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y sus fundamentos, este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos: OSWALDO ANTONIO PEREZ ESCALONA Y MARY YSABEL RIVERO RODRIGUEZ, arriba identificados, en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los unía en matrimonio contraído por la Prefectura Civil de la Parroquia la Aparición del Municipio Ospino del Estado Portuguesa, en fecha 27 de Enero de 2009, según consta en Acta de Matrimonio Nº 04.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Ospino, a los DIECISIETE (17) días del mes de Enero de 2013. Años 202º .....