este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 206 y 321 del Código de Procedimiento Civil y en resguardo al derecho de defensa, del debido proceso y la igualdad de las partes, principios éstos procésales que deben ser norte y guía de cada proceso jurisdiccional y que son de Rango Constitucional declara: PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA estado de que la defensa judicial de los co-demandados Giomar Iglesias Moreno, José Manuel Iglesias Moreno, José Luís Iglesias Moreno, Xiomara De Jesús Moreno De Iglesias y Violeta Iglesias Moreno, abogada INÉS MARTÍN MARTELL, cumpla con las funciones inherentes al cargo de auxiliar de justicia recaído en ella y promueva pruebas.-