PRIMERO: Se evidencia de la revisión de las actuaciones que en fecha 14-01-2009 el joven NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, fue impuesto de la medida de Reglas de Conducta por el lapos de seis (06) meses, la cual comenzó a cumplir el 11-06-2009 tal como consta al folio 168 de la III pieza del expediente, así mismo consta en autos Plan de Supervisión, constancia de estudios emanado de la U.E.N Mariano Picón Salas, Informe de supervisión en la cual se observa que: "...En lo que respecta al área educativa, durante la entrevista dio a conocer que aprobó las dos materias que tenía pendiente del 8vo grado (matemáticas y castellano)... También indicó que tenía pensado formalizar nuevamente inscripción en el mismo Parasistema que tienen por nombre UEN Mariano Picón Salas, el cual tiene su sede en la calle Lebrum de Petare, aquí cursara el 9 y 10 grado, en el horario de 6:00 a 8:00 pm... actualmente continúa trabajando albañilería con el Sr. Miguel Veli.....