Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 17 de diciembre de 2010, por la abogado ANA SABRINA SALCEDO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de diciembre de 2010. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoara el ciudadano RENÉ JAIMES BARAJAS en contra de la sociedad mercantil BON PAIN INDUSTRIES, C.A. (ST HONORE, RESTAURANT, PANADERÍA y DELICATESSES). TERCERO: Se ordena el reenganche del trabajador a su pues.....