Se dictó sentencia actuando en Sede Constitucional que declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano MARCO VALERIO MARCIAL ISAAC CURA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-7.421.622, actuando en nombre y en representación de su hija la adolescente (SE OMITEN DATOS ART. 65 LOPNNA), de catorce (14) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.750.948, en contra de la U.E. CENTRO EDUCATIVO ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (APUCV), en la persona de su Director ciudadano GERARDO LUIS LUGO RENGIFO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.348.785, por la trasgresión de los derechos y garantías constitucionales de la adolescente (SE OMITEN DATOS ART. 65 LOPNNA), consagrados en los artículos 20, 49 y 102 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela