Visto que en fecha 13 de julio de 2015, este Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el presente recurso contencioso tributario, interpuesto por la contribuyente "CARNICERIA Y CHARCUTERIA GUARICO, C.A". Visto asimismo que han sido practicadas las notificaciones, al ciudadano Vice-Procurador General de la Republica, al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y a la mencionada contribuyente, tal y como constan a los folios 264, 266 y 282 Respectivamente, se desprende que ha transcurrido el tiempo de ley para interponer recurso de apelación en contra de la referida sentencia, y no se interpuso, en consecuencia este Tribunal Superior la declara definitivamente firme, previo computo efectuado por secretaría.
LA JUEZA;
BEATRIZ B. GONZÁLEZ.-
EL SECRETARIO ACC;
JEAN CARLOS AGUANA.-
BBG/Jrs