En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: REVOCA la decisión dictada el 16 de febrero de 2008, por el Juzgado Cuadragésimo Octavo (48°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el artículo 374.1, parágrafo 1 del Código Penal, y en su lugar acuerda imponer al ciudadano Rafael Polanco Aguilar, medida cautelar sustitutiva de libertad, conforme a lo previsto en el artículo 256 numerales 3 y 6 de la norma Adjetiva Penal, imponiéndole a tal efecto la obligación de presentarse por ante la Oficina de Presentación de Imputados del Palacio de Justicia, cada ocho (8) días,.....