Por último se ordena abrir juicio oral y público, en contra de los ciudadanos ANA TERESA MEJIAS TORRES, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de oficio del Hogar, hija de IRENE TORRES (v) y CORNELIO MEJIAS (v), residenciado en El Valle Calle 18, casa Nro. 05, Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-14.645.985 y JOSE GREGORIO PALACIOS HERNANDEZ quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de oficio lavador de carros, hijo de MARIA ANTONIA PALACIOS (v) y ALBERTO HERNÁNDEZ (v), residenciado en El Valle Calle 18, casa Nro. 125, Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-10.352.036. Así mismo se emplaza a las partes a que concurran en el plazo común de cinco días ante el Tribunal de Juicio, y se ordena al ciudadano Secretario a que remita la causa en su estado original a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos con el objeto de que sea distribuida al Tribunal de Juicio que corresponda, esto de conformidad con lo establecido con el art.....