IV
D I S P O S I T I V A
Con fuerza en los razonamientos explanados a lo largo del presente fallo, esta SALA SEXTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ABG. CANDIDA INFANTE, en su carácter de Defensora Pública Penal Quincuagésima Octava (58°) de este Circuito Judicial Penal, actuando en su carácter de defensora del ciudadano OMAR ESTEBAN VERA MARTILLO, se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Accidental Undécimo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, de fecha 12 de Diciembre del año 2007, y en consecuencia se ORDENA al Juez de Instancia otorgar de manera inmediata la formula alternativa de cumplimiento de pena solicitada por el penado de autos y realizar todos los trámites correspondientes ante las instancias a.....