Este Tribunal Acordo: declarar SIN LUGAR la solicitud de la defensa en el sentido de que se decrete la nulidad del acta policial donde consta la aprehensión del imputado y ordena la presente causa se siga por las reglas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 551 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que faltan diligencias por practicar tal como lo manifestó el Representante del Ministerio Público, y decreta en contra del adolescente (NOMBRE OMITIDO) las medidas cautelares menos gravosas contenidas en el artículo 582 en sus literales "b", "c", "d", "e" y "f" de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, por considerar que existen serios indicios para pensar que el adolescente presuntamente haya participado en los hechos que señala la Representación Fiscal y con el fin de evitar que el mismo evada el proceso,.....