Con fuerza en todos los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: que en el presente caso se ha verificado LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en consecuencia, SE HA EXTINGUIDO el presente procedimiento, en el proceso que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentara por la sociedad de comercio PADILLA ZAMBRANO SERVICIOS DE SALUD, C.A., contra el ciudadano ALFREDO J. HERNANDEZ ALEM, todos plenamente identificados.