Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual este Tribunal declaró Nulas todas las actuaciones ocurridas en el presente juicio a partir del día 13 de Marzo de 2017, exclusive y Repone La Causa al estado que comience el lapso probatorio en ocasión a que el Defensor Judicial designado promueva pruebas dentro de su oportunidad; No Hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Se ordena la notificación de las partes, y una vez conste en autos la última de las notificaciones y así lo haga constar el secretario de este despacho, comenzar a transcurrir el lapso de promoción de pruebas.