En consecuencia, se HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN realizada en el día de hoy, en la prolongación de la audiencia preliminar, por la ciudadana YASNAIA VILLALOBOS MONTIEL, inscrito en el inpreabogado bajo el número 117.044, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadano CRUZ NATHALY MANRIQUE, titular de la cédula de identidad V.- 6.518.696, y la demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A, representada por su apoderada judicial la ciudadana CAROLINA BELLO COUSELO, inscrita en el inpreabogado bajo el número 118.271, según poder consignado en la audiencia preliminar en copia simple en tres folios útiles previa su certificación con el original.
La homologación de la transacción se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 1713 y siguientes del Código Civil, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y de las Trabajadoras, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y los artículos 255 y 256 de.....