este Juzgado de Primera Instancia Sexto en funciones de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En relación a la solicitud incoada por el representante del Ministerio Público, referente a que se decrete la Nulidad de la Aprehensión del adolescente NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de conformidad con lo establecido en el artículo 191 Y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal una vez analizadas las actas procesales que conforman la presente causa, observa que ciertamente se desprende que no existe testigo alguno que pueda respaldar el dicho de los funcionarios actuantes, quedando probado como ha sido en el presente caso, la violación flagrante de la garantía constitucional establecida en el artículo 49 de la Constituc.....