III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos ERIKA RUZMAR VIVAS COLMENARES y LEOPOLDO FORERO PARACO, asistidos por la abogada en ejercicio MARIA ELENA PAREDES GUERRERO, todos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 29 de Agosto de 2003, por ante la Primera Autoridad Civil del Consejo Municipal del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda; cuya acta quedó inserta bajo el No. 69, del Libro de Registro Civil de Matrimonios.
TERCERO: Líbrese oficios a la Primera Autoridad Civil del Consejo Municipal del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda y al Registrador Pr.....