Por lo cual este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha veinticuatro (24) de octubre de 2012, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JOSÉ ALBERTO GÓMEZ ARNALOT, ELIZABETH GARAICOECHEA ABREU, MARÍA TERESA VERA BENEDETTI Y SADY MARGARITA IRIARTE VEROES contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA. En consecuencia se condena al pago y reconocimiento de todos y cada uno de los conceptos expresados en la parte motiva del presente fallo, así como los intereses de mora e indexación. TERCERO: Se REVOCA el fallo apelado. CUARTO: Por la naturaleza del ente deman.....