se concede FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia Nº 1153/2015 dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Sabadell, España, el veintiocho (28) de julio de dos mil dieciséis (2016), en la que se declaró disuelto el vínculo matrimonial entre los ciudadanos RAFAEL JIMENEZ CABRERA y JONARELLA RIERA AGUILERA, titulares de las cédulas de identidad Nros E-82.030.922 y V- 14.387.350, respectivamente y la aprobación de las Instituciones Familiares de la niña (Se omite la identificación del niño, niña o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de cinco (05) años de edad, nacida en fecha dos (02) de marzo de dos mil doce (2012), y en consecuencia el nacimiento de todos y cada uno de los derechos y deberes inherentes a la misma.