En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda incoada por la sociedad mercantil Inversiones Iseo, C.A. contra la sociedad de comercio Leartexpreso, C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos; y en consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento accionado suscrito el 28 de noviembre de 2005, autenticado ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Sucre del Estado Miranda, bajo el N° 13. Tomo 123 de los libros respectivos.