Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO CIMINO, Defensor Público 4 de Adolescentes, únicamente en lo atinente a la imposición de la medida cautelar sustitutiva establecida en el literal "g" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el artículos 432 433, 435, 436 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se declara inadmisible el aspecto del recurso que pretende impugnar las nulidades declaradas sin lugar durante la audiencia de presentación del aprehendido, por ser inimpugnable de conformidad con lo establecido en el 196 y 437 del Código Orgánico Procesal Penal, normativa aplicable por d.....