Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 14 de abril de 2009, por la abogada AMY VIELMA, actuando como apoderada judicial de la parte actora ciudadano WILLIAMS LOPEZ CARRION.
SEGUNDO: CONFIRMA con distinta motiva, la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha 6 de abril de 2009, en el expediente Nº TI-BP02-V-2005-001539 (2007-000160 nomenclatura interna llevada por ese Tribunal).
TERCERO: CONDENA a la parte demandada AVIOR AIRLINES C.A. a cancelar al ciudadano WILLIAMS LOPEZ CARRION la suma de CINCUENTA MIL (50.000) Derechos Especiales de Giro, por concepto de indemnización por incapacidad parcial permanente, correspondiente a la lim.....