este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo de pago suscrito por las partes, en el sentido de que se deja constancia de la cantidad recibida por la ciudadana: VANESA SILVA CASTILLO, de ciento ochenta y cinco mil BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 185.000,00) hecha por la empresa GLOBAL BUSINESS VIEW C.A., el cual se pagará en dos cuotas, la primera cuota mediante la respectiva transacción presentada y la segunda y última cuota en fecha 26 de julio de 2013. Queda a salvo a favor de la extrabajadora cualquier diferencia que considere que exista por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Asimismo, la empresa Demandada podrá oponer a la Actora el presente pago, cuando lo considere oportuno. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG.....