Se dictó resolución en la cual se declaró: 1° SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 06 de Abril de 2015, por el abogado DENVER BALDIZON MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 229.052, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana GLORIA EDUBERNA BORREGALES SIMANCAS, titular de la cédula de identidad No V.-12.305.887, contra la decisión dictada en fecha 30 de Marzo de 2015, por el Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección, por las razones de hecho y de derecho antes expuestas. 2°Como consecuencia de lo anterior, se CONFIRMA la sentencia recurrida de fecha 30/03/2015, dictada por el Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.