Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos FRANCIA AURORA DIAZ y JABIEL GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.757.854 y V-9.791.282, respectivamente, contraído en fecha once (11) de Julio de mil novecientos ochenta y ocho (1998), por ante la Prefectura hoy Registro Civil de la Parroquia Concepción Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, según acta N° 79. Así se decide.-