Ambas partes una vez revisadas las pruebas, con la finalidad de dar por terminado el presente procedimiento han decidido transar la presente causa por la cantidad de Bs. 2.500.000,00, correspondiente a la indemnización sustitutiva de preaviso e indemnización por despido injustificado, de 150 días multiplicados por el salario integral, monto este que no fue cancelado en la transacción antes referida; Pagaderos el día viernes 20 de julio de 2.007, por ante la oficina de la URDD, dentro del horario de despacho, previa comunicación telefónica de partes. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público,