Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento celebrado 15 de julio de 2014, por abogado Hugo Alfredo Ferrer Pacheco, en su carácter de apoderado judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del estado Miranda y el abogado FERNANDO LUÍS LEÓN RAMOS inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 136.789, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN JOSÉ RODRÍGUEZ TORO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No.6.271.650, contra el Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del estado Miranda, en consecuencia, téngasele como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.