Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con competencia en Reenvío en lo Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR la recusación presentada por la ciudadana ELIZABETH CAMACARO, titular de la cédula de identidad Nº V-5.964.297 en su condición de víctima, en contra de la ciudadana FANNY DEL VALLE SÁNCHEZ, Jueza del Tribunal Cuarto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y Sede, con fundamento en el numeral 3 del artículo 85, en concordancia con el numeral 5 del artículo 86, referida al presunto interés que tiene la jueza recusada con respecto al resultado del asunto sometido a su conocimiento, de conformidad con lo estable.....