Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital actuando en Sede Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional, interpuesta por CARMEN YOLANDA VALENCIA GUERRERO, titular de la cédula de identidad número V- 2.964.498, asistida por la abogada Yennifer Carolina Sotillo Muñoz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 79.708, actuando como defensora pública, contra el CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES RESIDENCIAL PARA ADULTOS MAYORES "DR. JOAQUÍN QUINTERO QUINTERO", por quedar evidenciado que no se encuentran violados los artículos 80, 83 y 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como tampoco los derechos garantizados en los artículos 56 de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y artículo 9 de la Ley de Ser.....