En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO efectuado por la parte actora, con ocasión del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES( VIA EJECUTIVA) sigue CAVENDES BANCO DE INVERSION, C.A. (antes C.A. Cavendes, Sociedad Financiera) contra las sociedades mercantiles PROYECTOS LA PARIMA, C.A., Sociedad Mercantil, domiciliada en Caracas e Inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 24 de enero de 1975, bajo el Nº 19, Tomo 19-A; y CONSORCIO CID VENEZUELA, C.A., de este domicilio e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 13 de octubre de 1977, bajo el Nº 68, Tomo 124-A Pro.- En consecuencia, téng.....