Se dejo en posesión real y efectiva del inmueble objeto de la presente medida, a la parte ejecutante, en la persona de sus apoderados judiciales, abogados ALY VIVENES ASCANIO y HECTOR APONTE LÓPEZ, quienes lo reciben en este acto, respetando de manera absoluta los derechos de terceros que pudieran tener sobre el inmueble objeto de la presente medida, y así mismo se deja expresa constancia que en el inmueble, tal como fuera solicitado por la parte actora, continuarán ocupando los comerciantes los distintitos minilocales y depósitos.