En consecuencia, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento inserta bajo el No. 4597, inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Jefatura Civil de La Candelaria, correspondiente al año 1.954. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea en el nombre de la madre de la solicitante, quedando identificada como: "LOURDES GONZALEZ", siendo lo correcto: "MARIA EFIGENIA GONZALEZ", tal y como fue asentado en el acta cuya rectificación se pretende. A tal efecto, en vez de decir "LOURDES GONZALEZ" debe decir "MARIA EFIGENIA GONZALEZ".-
Remítase adjunto a Oficio copia certificada de la solicitud en cuestión, así como de la presente Sentencia a las autoridades civiles correspondientes para que conforme a lo previsto en el Artículo 774 del C.....