-III-
DECISIÓN
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Ejecutiva) sigue el FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), en su carácter de ente liquidador del BANCO LATINO, C.A., contra la sociedad mercantil ALGODONERA MATA, C.A., ampliamente identificados al inicio de este fallo, y como consecuencia de ello, se condena a la parte demandada a pagar a la actora, las siguientes cantidades:
PRIMERO: La cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 200.000,00), por concepto de capital del pagaré Nº 013874.-
SEGUNDO: La cantidad de CIENTO DIEZ MIL TREINTA Y CINCO BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. F. 11.....