En el día hábil de hoy diecisiete de septiembre de dos mil trece, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece el apoderado judicial de la parte demandada el abogado LUIS GUILLERMO PIRELA GONZALEZ inscrito bajo el IPSA Nº 159.809, según se evidencia en instrumento poder que presenta a effectum videndin constante de dos (02) folios utiles los cuales se ordena agregar a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.
La Jueza
El Secretario
Abg. Geraldine Eugenne Louis Núñez
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