En base a las razones antes expuestas, este JUZGADO TERCERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDGAR RAFAEL VELASQUEZ, en su carácter de apoderado Judicial de la parte presuntamente agraviada, contra la sentencia dictada en fecha 02 de julio de 2014, por el Juzgado Décimo Primero (11º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apeldado. TERCERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano EFRAIN PEROZO contra TRIBUNAL DISCIPLINARIO DEL SINDICATO DE TRABAJADORES EL CALZADO, PIELES, DEPOSITOS DE CALZADO, TIENDAS DE VENTA DE CALZADO, CARTERAS, CORREAS, TALABARTERIA, CU.....