Por otra parte, visto que el monto objeto de esta transacción es de Bs. CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 150.000.000,00), pagaderos de la siguiente manera: i) OCHENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 80.000.000,00), a más tardar, el día 17 de octubre de 2007, mediante cheque emitido s nombre del demandante; y, ii) Siete 87) cuotas fijas consecutivas mensuales de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00) cada una a nombre del extrabajador, pagaderas a partir del me4s de enero de 2008, dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes, requiriendo de este Despacho, la homologación del citado convenio, conlleva a este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, a impartirle la HOMOLOGACIÓN dicha transacción en los términos en que fue expuesto, y una vez que conste en autos el último de los pagos, este Tribunal ordenará el cierre y a.....