Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la sentencia de fecha 13 de noviembre de 2006, dictada por el suprimido Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Porfirio José Martínez Quevedo contra el Banco Industrial de Venezuela. TERCERO: SE CONDENA a la demandada a pagar al actor los conceptos y cantidades ordenados, conforme a los términos y condiciones establecidos en la motiva del presente fallo. CUARTO: SE ORDENA la designación de un (1) solo experto, cuyos honorarios correrán por cuenta de la dem.....