Se dictó resolución en la cual se declaro: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARIA AUXILIADORA ALFARO JONES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 14.038, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana AMALIA LINDARTE ROSALES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.581.092, contra la decisión dictada en el asunto signado con el número AP51-V-2012-006113, en fecha 19 de junio de 2013, por la Jueza del Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo.