Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos los ciudadanos Gustavo Jiménez, José Geronimo Jiménez, Rubén Oropeza, William Guerra, José Raúl García, Miguel Guerrero, Casey Terán, Daniel Merchan, Deivyd Guillen, Shirley Vera, Wilmer Soto, Luís Gómez, Anavic Romero, Betania Osorio, Aurora Tablante e Irina del Valle contra la Sociedad de Comercio Café Bodegón Chenai, C.A. y la Superintendencia de Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria del Municipio Baruta del Estado Miranda (SEMAT); partes suficientemente identificadas a los autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.