Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
Declara INADMISIBLE, la recusación planteada por el profesional del derecho MELVIN JESÚS MAYOR VIVAS, abogado en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 53.912, quien actúa en su condición de defensor del ciudadano HUMBERTO GREGORIO MAYOR VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 5.515.149, contra la ciudadana VERONICA SOTO DE OVALLES, Juez Vigésima Séptima (27ª) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conforme lo preceptuado en el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal y en acatamiento a los criterios jurisprudenciales citados, toda vez que el recusante no señala, ni incorpora a .....