Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte actora, contra la decisión del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 06 de octubre de 2015, la cual queda modificada en los términos de este fallo. SEGUNDO: Con lugar la demanda interpuesta por, ROSELIANO APONTE, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.903.021; por reclamación de prestaciones sociales y demás indemnizaciones derivadas de la prestación de servicios; contra la entidad de trabajo, ASOCIACIÓN DE PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN POPULAR, inscrita por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municip.....