Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 07 de noviembre de 2017, por la abogada GISELLA VELAZCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.213, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 14 de agosto de 2017, en el juicio que por NULIDAD DE TESTAMENTO Y OTROS NEGOCIOS JURÍDICOS siguen ALFREDO JOSÉ CONTRERAS MÉNDEZ y CALIXTO ALBERTO CONTRERAS MÉNDEZ contra MERCEDES DEL ROSARIO CONTRERAS DE JONES, CARLOS JAIME JONES OLIVE, CARLOS JAIME JONES OLIVE, PATRICIA FASANO AULETTA y la socie.....