3º Se declara IMPROCEDENTE la suspensión de los efectos del el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 820-06, de fecha 23 de octubre de 2006, emanado de la Inspectoria del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, solicitada por el abogado KUNIO HASUIKE SAKAMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.979, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "PERIQUITO BIKE, C.A".-