este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre las empresas OPERADORA ISOVENCA, C.A., RADIO ELECTRO TELVIS, C.A., DERIVADOS ELECTRONICOS, C.A. INDUSTRIA MAGNA C.A. y TRANSPORTE DE MERCANCIA PAVETRA, C.A. y la ciudadana NORMA RAMOS, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, por un monto de DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIÚN BOLÍVARES CON 21/100 CÉNTIMOS (BS. 246.621,21). Asimismo, se orden expedir dos (02) juegos de copias certificadas, y las cuales se expedirán por Secretaría una vez consten en auto los fotostatos correspondientes para debida certificación.-
El Juez
El Secretario
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abg. José Antonio Moreno