En mérito de lo anterior este Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por SALVATORE LA BARBERA BRUNETTO, portador de la cédula de identidad Nro. E-823.409, representado judicialmente por las abogadas Laura Capecchi y Luisa Gioconda Yaselli, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 32.535 y 18.205 respectivamente contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS, en consecuencia, se declara:
1.- La NULIDAD del Procedimiento administrativo previo a las demandas de desalojo, instruido por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas bajo el Nro. MC-00006/12-08.
2.-La NULIDAD del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nro. 00785 de fecha 07 de octubre de 2014, emanada de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas, medi.....