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DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la ciudadana MIRLA YOLANDA VILLAREAL, actuando en carácter de co-demandada, debidamente asistida por el abogado EDUARDO JOSE MARTINEZ TORREALBA, en fecha 11 de agosto de 2025, contra el auto dictado en fecha 04 de agosto de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, el auto de fecha 04 de agosto de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso de apelación.
Publíquese .....