"...este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Embargados ejecutivamente la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 22/100 CENTIMOS (Bs.8.437,22), de la cuenta corriente señalada por el ejecutante, la cual pertenece a la ejecutada antes identificada. Con respecto a la solicitud de la parte ejecutada, este tribunal en virtud del principio de celeridad procesal y por cuanto el embargo que a que se contrae el presente mandato de ejecución es producto de una sentencia definitivamente firme el Tribunal lo acuerda y le hace entrega en este mismo acto del Cheque de Gerencia Nº36611266 a la representante judicial de la parte ejecutada, y a su vez ordena agregar copia simple del cheque producto del embargo a los autos, además acuerda lo solicitado de mantener la comisión en los archivos del Tribunal hasta la solicitud por escrito de una nueva oportunidad para ejecutar el em.....