Primero: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la representación judicial de la parte demandada sociedad mercantil EDITORIAL LA MOSCA ANALFABETA C.A., contenida en el ordinal 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, quedando abierto el lapso de contestación de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3º del artículo 358 eiusdem.
Segundo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en la presente incidencia.