éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION MERO DECLARATIVA incoada por la ciudadana ALEXANDRA MARQUEZ GONZALEZ contra KPILAR, C.A., antes identificados. En consecuencia se declara que la relación arrendaticia existente entre las partes que conforman la presente causa y que fuera reconocida por el Juzgado superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Transito y bancario de esta Circunscripción Judicial desde el 6 de septiembre de 2011, se encuentra regida por el contrato de arrendamiento trascrito en el libelo de la presente acción.
Se condena en costas a la parte demandada por habe.....