DECLARA a la niña (x) actualmente de seis (06) años de edad como Única y Universal Heredera del causante RANDOLFO JOSÉ CARABALI, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-13.687.077, fallecido el día 28 de Abril de 2007, Ab-intestato, según copia certificada del Acta de Defunción Nro. 546, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, del Municipio Libertador. Se dejan a salvo los Derechos de Terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación en actas por secretaría.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los 18 días de Febrero de 2010. 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ
ABG. JORGE GUSTAVO MIRABAL
LA SECRET.....