DECISIÓN
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión que por NULIDAD incoara el ciudadano GIUSEPPE DE PINTO VERNI, contra las sociedades mercantiles PROMOCIONES LAS PALMERAS, C.A., MULTINVEST CASA DE BOLSA C.A., BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., y el ciudadano JORGE LUIS GUTIÉRREZ ROMERO, decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Cuestión Previa contenida en el ordinal 6º del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, por defecto de forma de la demanda, por no haberse llenado en el libelo los requisitos que indica el artículo 340 en su ordinal 4º, propuesta por la representación judicial de los codemandados en los términos expuestos, al no haber sido debidamente subsanada por la parte accionante.
SEGUN.....